Vehículos. Autoliquidar alta nueva
Autoliquidar un nuevo vehículoUbicación
Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo
Descripción ampliada
Este servicio permite autoliquidar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica como consecuencia del alta por nueva matriculación, así como cuando proceda su rehabilitación y nueva autorización para circular, en los casos que hubiere causado baja temporal o definitiva en el Registro de la Jefatura Provincial de Tráfico.
La autoliquidación tendrá carácter provisional hasta que no se compruebe por la Administración Municipal que la misma se ha efectuado mediante la correcta aplicación de las normas reguladoras del Impuesto
Destinatario
Son sujetos pasivos de este Impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.
Documentación requerida
Ficha Técnica del vehículo, D.N.I o CIF del Sujeto Pasivo y volante de empadronamiento.
Plazos
El Impuesto se devenga el primer día del periodo impositivo, salvo en el caso de primera adquisición de vehículos. En este caso el periodo impositivo comenzará el día en que se produzca dicha adquisición.
El importe de la cuota del Impuesto se prorrateará por trimestres naturales en los casos de primera adquisición, estando el sujeto pasivo obligado a satisfacer la parte de dicha cuota correspondiente a los trimestres del año que restan por transcurrir incluido aquel en el que tenga lugar la referida alta.
Legislación
Trámites relacionados
Tipo de tramitación
En línea - Requiere autenticación